CORTE CONSTITUCIONAL ORDENA PLAN MAESTRO DE PROTECCIÓN Y RESTAURACIÓN PARA EL PARQUE NACIONAL NATURAL TAYRONA, SENTENCIA T–606–15
Bogotá, 20 de octubre de 2015 (PNN). La Corte Constitucional dio un plazo de seis meses a autoridades ambientales del país, entes territoriales y dependencias estatales, que tengan el deber de garantizar la protección ambiental y la gestión de los recursos naturales en el ecosistema en cuestión y sus áreas aledañas, para que elaboren un plan maestro de protección del Parque Nacional Natural Tayrona. Igualmente dispuso que la Gobernación del Magdalena coordine, en un término de sesenta días, junto a las demás autoridades competentes, la construcción de un plan de compensación que garantice a los pescadores artesanales sus derechos fundamentales al trabajo, la soberanía alimentaria y el mínimo vital.
Plan maestro de protección y restauración del Parque Tayrona
La sentencia T–606–15 del alto tribunal ordena a la Directora de Parques Nacionales Naturales, a la Corporación Autónoma Regional del Magdalena – Cormagdalena, a la Gobernación del Magdalena, y al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible para que redoblen sus esfuerzos para garantizar el saneamiento, la protección y la intangibilidad de los ecosistemas terrestres y marítimos del Parque Tayrona y sus alrededores. Además deberán involucrar e incorporar en la gestión y construcción del plan maestro a todos los entes territoriales, autoridades y dependencias estatales que en el marco de sus funciones tengan el deber de garantizar la protección ambiental y la gestión de los recursos naturales en el ecosistema en cuestión y sus áreas aledañas.
La Corte no desconoció que el Parque Natural Tayrona tiene su “Plan de manejo ambiental”, pero para el tribunal dicho documento, al no poder ordenar la ejecución de acciones de control, mitigación y restauración por fuera del Parque y al no involucrar a las demás autoridades ambientales en el manejo de los ecosistemas existentes por fuera del área protegida, no es suficiente para garantizar la protección de un ecosistema tan importante para la conservación ambiental de nuestro país.
De acuerdo al fallo las autoridades ambientales deberán identificar las fuentes y orígenes de los vertimientos, desechos, explotaciones, construcciones, proyectos de desarrollo regional y demás focos de contaminación que tengan la potencialidad de alterar los ecosistemas del Parque Natural Tayrona, independientemente de que estos se generen a kilómetros del área protegida, con el fin de dar inicio a las acciones que correspondan.
“Entre estas vale la pena resaltar la revocatoria de las licencias ambientales, la iniciación de procesos sancionatorios, la interposición de acciones populares, la presentación de demandas ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, el inicio de investigaciones disciplinarias, penales y fiscales, entre otras”, afirma el sentencia.
El plan maestro de protección del Parque Nacional Natural Tayrona deberá estar enfocado a contrarrestar los factores estructurales de contaminación ambiental y deterioro de los ecosistemas desde sus fuentes originarias, identificándose las metas de recuperación ambiental en un período de 1, 3, 5, 7 y 10 años, puntualiza el fallo.




