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Entes de control que vigilan a la entidad

Procuraduría General de la Nación

Tipo de Control

El Ministerio Público intervendrá cuando sea necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio público, o de los derechos y garantías fundamentales.

Mecanismos de Control

Los mecanismos de control que ejerce el Ministerio Público están enfocados en:

 

1.Participación en defensa de la integridad Constitucional

Dentro del mecanismo del control de Constitucionalidad, el Procurador General de la Nación interviene siempre rindiendo su concepto sobre el particular.

2.Vigilancia sobre la Administración Pública

El Ministerio Público tendrá la tarea de velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas y la de supervigilar la conducta de quienes desempeñan funciones públicas. En desarrollo de esta atribución, la Procuraduría investiga las faltas disciplinarias cometidas tanto por los empleados oficiales de la rama ejecutiva, como por los de la rama jurisdiccional.

3.Defensa de la sociedad

El Ministerio Público como representante de la sociedad debe propender por la sanción de los infractores de la Ley penal. Por tal razón en nuevo Código de Procedimiento Penal dispone que el representante del Ministerio Público es sujeto procesal.

4. Defensa del orden jurídico

El Ministerio Público vigila el cumplimiento de la Constitución, la ejecución de las leyes de las sentencias judiciales y de las disposiciones administrativas.

Para mayor Información o Denuncias contacte a:
Procuraduría General de la Nación (www.procuraduria.gov.co)
Dirección: Centro de Atención al Público de la PGN (CAP) Carrera 5 No 15 – 60
Nuevo PBX en Bogotá: 5878750
Línea directa en Bogotá: 2816078 / 3360011 extensiones 20116 – 20117 – 20100
Línea reducida: 142
Línea gratuita para todo el país: 018000 910 315
Fax: 2817746
Correo electrónico: [email protected]
Contaduría General de la Nación
Tipo de Control

La constitución establece en el contador General de la Nación la vocación jurídica para llevar la contabilidad general de la nación y consolidarla, e impartir las instrucciones necesarias sobre aspectos relacionados con la Contabilidad Pública.

La Contaduría General de la Nación de conformidad con lo dispuesto en le literal q) del artículo 4º de la Ley 298 de 1996, ejercerá inspección sobre los entes públicos obligados al ámbito de aplicación del Plan General de Contabilidad Pública, a fin de establecer el cumplimiento de la Ley 298 de 1996 y de las normas contables expedidas.


Mecanismos de Control

Para su vigilancia los mecanismos de control ejercidos se orientan a establecer si las diferentes operaciones transacciones y acciones jurídicas, financieras y materiales en las que se traduce la gestión fiscal se cumplieron de acuerdo con las normas prescritas por las autoridades competentes, los principios de contabilidad universalmente aceptados o señalados por el Contador General, los criterios de eficiencia y eficacia aplicables y finalmente los objetivos, planes, programas y proyectos que se constituyen en un periodo determinado.

Para mayor Información o Denuncias contacte a:
Contaduría General de la Nación (www.contaduria.gov.co)
Dirección: Carrera 7 No 32 – 16, Piso 34 – Edificio Antiguo Orquídea Real, Bogotá D.C
Teléfono: 338 98 88
Página Web de la Entidad: www.contaduria.gov.co
Dirección Electrónica de la Entidad: [email protected]
Contraloría General de la República

 

Tipo de Control

La Contraloría General de la República, es el mayor órgano de control del estado y le corresponde ejercer la vigilancia de la gestión fiscal de la administración a las entidades que manejan fondos o bienes de la Nación, evaluar los resultados obtenidos, generar una cultura del control del patrimonio del estado y de la gestión pública, establecer las responsabilidades fiscales e imponer las sanciones pecuniarias que corresponden a las demás acciones derivadas del ejercicio de la vigilancia fiscal (Ley 42 de 1994).

Mecanismos de Control

El mecanismo de control adoptado por la Contraloría General se realiza en forma posterior y selectiva conforme a los procedimientos, sistemas y principios que establezca la Ley. La gestión se hace por el proceso de auditoria integral ya que permite evaluar a las instituciones de manera global e integrada, reconociendo sus relaciones internas y con el entorno a través de la aplicación de sistemas de control como son:

  • Auditoría financiera
  • Auditoría de cumplimiento
  • Auditoría de gestión de resultados
  • Auditoría a la gestión ambiental
  • Auditoría de proyectos financiados por organismos internacionales
  • Auditoría de informática
  • Evaluación de los sistemas de control interno
  • Auditoría a los procesos de privatización
  • Auditoría a los planes de desarrollo

Para mayor Información o Denuncias contacte a:
Contraloría General de la Nación (www.contraloriagen.gov.co)
Dirección: Calle 17 N° 9-82 Bogotá D.C
Teléfono: 2816300
Página Web de la Entidad: www.contraloriagen.gov.co
Dirección Electrónica de la Entidad: [email protected]


Grupo de Control interno

La Unidad de Parques Nacionales Naturales tendrá un Grupo De Control Interno encargada de medir y evaluar la eficiencia, eficacia, equidad y economía de las operaciones de la Entidad, asesorando a la Dirección General en la continuidad del proceso administrativo, el seguimiento de los planes y compromisos establecidos y las recomendaciones necesarias para el cumplimiento de las metas y objetivos.

Tipo de Control

La Constitución de 1991 ordenó a la Administración Pública tener sus controles internos en los términos que señale la Ley. La Ley 87 de 1993 estableció normas para el ejercicio del control interno en las entidades del Estado.

Mecanismos de Control

Deben garantizar la correcta aplicación y utilización de las políticas y normas establecidas por la Ley en materia de Control Interno las siguientes:

1. Consejo asesor de Control Interno.

Por otra parte, el Decreto 280 del 8 de febrero de 1996, crea el Consejo Asesor de Control Interno, dando las pautas para el direccionamiento de los procesos de planeación, coordinación, evaluación y seguimiento para el desarrollo coordinado, propone la adopción de políticas y formula orientaciones para el fortalecimiento del Sistema de Control Interno.El Consejo Asesor orienta el manejo y uso de los recursos públicos para la obtención del mayor beneficio en su utilización.
Así mismo, solicita a los organismos de Control selectivamente y por sectores, los informes de evaluación del Sistema de Control Interno, como insumo para la evaluación y diagnostico general del sistema.

2 Comité de Coordinación de Control Interno

Será responsable de cómo órgano de coordinación y asesoría del diseño de estrategias y políticas orientadas al fortalecimiento del Sistema de control Interno Institucional, de conformidad con las normas vigentes y características de la Institución.

Auditorias de Calidad de acuerdo a la ley 872 de 2003, para verificar su aplicabilidad en la Unidad de Parques.

Evaluación a la gestión de las diferentes dependencias de la Unidad de acuerdo a la ley 909 de 2004.

 

Presidencia de la Republica

Mediante Decreto 2405 del 30 de noviembre de 1998, el cual a partir del proceso de reestructuración del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, fue reemplazado por el decreto 127 del 19 de enero de 2001, y luego modificado por el Decreto 519 del 5 de marzo de 2003, por el cual se suprimen, se transforman y se crean las Consejerías y Programas Presidenciales en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República; creando de esta forma el “Programa Presidencial de Lucha contra la Corrupción”.

Este programa, responde al compromiso del Presidente de la República de atacar las causas estructurales que favorecen la existencia del fenómeno de la corrupción en la Administración Pública, coordinando la implementación de las políticas gubernamentales orientadas a disminuir dicho fenómeno.

El Grupo de Control Interno de la UAESPNN, suministra en forma bimestral, una completa base de datos en la que se informa al ZAR Anticorrupción de la Presidencia, los hallazgos con vencimiento durante dicho periodo de los Planes de Mejoramiento Funcional suscritos con las Unidades de Decisión que fueron motivo de Evaluación Independiente y del Plan de Mejoramiento suscrito con la Contraloría General de la República. De esta forma se coadyuva a la Presidencia a la realización de estudios, evaluaciones, sondeos y estadísticas, con miras a establecer las principales causas de corrupción o ineficiencia en materia administrativa.

Departamento Administrativo de la Función Publica

La Dirección de Control Interno y Racionalización de Trámites del Departamento Administrativo Especial de la Función Pública – DAFP, tiene la función de diseñar e implementar los sistemas de control interno institucional en las entidades del Orden Nacional y de asesorar a estos organismos y entidades en la implementación de la política de racionalización de trámites con el fin de facilitarles la simplificación, reforma o supresión de los mismos. Además orienta las actividades que el Departamento debe realizar para prestar el apoyo en el desarrollo y certificación del sistema de gestión de calidad, en los términos establecidos en la Ley 872 de 2003.

De esta forma y mediante las directrices impartidas, la Unidad de Parques Nacionales Naturales implementó el Modelo Estándar de Control Interno y el Sistema de Gestión de la Calidad bajo los parámetros del MECI 1000:2005 y la NTCGP 1000:2004 respectivamente durante los plazos establecidos para tal fin en la vigencia 2008, y actualmente se encuentra en la fase de mejora continua de dichos Sistemas en la presente vigencia.

Por otra parte y evidenciando la gestión realizada ante tan significativa implementación; la Unidad, reporta cada vez que se le solicita los avances a la implementación del MECI y del SGC.

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